ÍNDICE POR ÉPOCAS

EDAD MEDIA CRISTIANA

59. CARTAS DE POBLACIÓN Y FUEROS EN LOS SIGLOS XI, XII E INICIOS DEL XIIII · M. L. Ledesma Rubio.

La ocupación del espacio y las tareas colonizadoras

La expedición de cartas de población y de fueros, en los primeros siglos de existencia del reino de Aragón como entidad político-histórica, está íntimamente unida al proceso colonizador.

La ocupación del suelo por los ejércitos cristianos, a lo largo de los siglos XI, XII y primeros años del siglo XIII, conllevaba su distribución entre los dominadores y la inmediata organización jurídica del nuevo espacio geográfico que se integraba en los dominios de la Corona. Pero esta ordenación del territorio vino condicionada, entre otros factores, por la mayor o menor pervivencia de la población musulmana sometida, algunos de cuyos contingentes, en particular los grandes terratenientes y las autoridades civiles y religiosas de los centros urbanos, emigraron a tierras de Levante.

En las grandes ciudades, tales como Barbastro, Huesca, Zaragoza, Calatayud..., era preciso una atracción masiva de pobladores cristianos a los que instalar en el espacio urbano, dotándoles además de bienes rurales en el alfoz.

El asentamiento, lento en muchos casos, del elemento cristiano, que vino a sumarse a las comunidades de mozárabes y a las de los judíos asentados de antiguo, determinó la fijación en las ciudades de un marco jurídico foral de primera hora por parte de los reyes, presidido en todos los casos por la garantía de franquicias y privilegios a los inmigrantes. Esta normativa foral iría completándose en etapas sucesivas al compás del desenvolvimiento de los núcleos urbanos y de la consolidación de los potentes concejos, dotados de amplios poderes autonómicos para el ejercicio del gobierno local.

No faltaron tampoco, tal es el caso del sector de Las Cinco Villas, una serie de distritos militares sobre la base de un castillo y una villa, que estarían poblados en muchos casos por villanos no adscripticios a ningún señor sino dependientes directamente del rey, con categoría de infanzones o de caballeros villanos.

En el valle medio del Ebro, la política de tolerancia de los monarcas aragoneses con los vencidos contuvo el absentismo de las gentes del campo, pero la necesidad de afianzar posiciones requería el control de lo conquistado mediante la fijación de colonos cristianos. La recepción de estos colonos y la readaptación de la vida económica corrió a cargo del tenente, como delegado o intermediario del rey. Junto a la alta nobleza y los «milites» o caballeros, tomaron parte activa en la estructura organizativa de la zona los obispos y cabildos catedralicios, asimismo los viejos monasterios del norte, las ordenes monásticas de nuevo cuño que arribaron a la Península Ibérica, y en especial las milicias religiosas del Temple y del Hospital, agentes decisivos en la colonización.

En los lugares de señorío del estamento eclesiástico, al igual que en los de la nobleza laica, se fue fijando una población campesina, ligada por vínculos vasalláticos, precisados en algunos casos en la carta de población.

Por otra parte, la ocupación de tierras yermas propiciaría las colonizaciones agrarias; la promesa de franquicias por parte de los señores impulsaba a los campesinos a acometer la roturación de yermos y baldíos, originando a veces desplazamientos de residencia y aparición de nuevos hábitat.

Otras nuevas aldeas se constituyeron por mediación de los concejos con el fin de asegurar los caminos o para repoblar el extenso alfoz asignado por el monarca en la primitiva carta de donación. Este último fue el caso de las tierras al sur del Ebro fronterizas con Levante, tanto el Bajo Aragón (colonizado por la Orden de Calatrava) como las comarcas turolenses, que presentaban enormes despoblados por tratarse de tierras ocupadas por los musulmanes tan solo parcialmente. E1 espíritu de frontera de la «extremadura» aragonesa, donde la impronta real fue muy acusada, se refleja, sobre todo en el caso de la nueva villa de Teruel, en los amplios privilegios tanto jurídicos como fiscales y económicos recibidos por parte de los monarcas, que facilitarían a los concejos la canalización del proceso de inmigración y la realización de nuevas pueblas a lo largo del siglo XIII.

Las cartas de población y su tipología.

En todos los casos, ya se tratara de organizar o de restaurar formas de vida comunitaria, era preciso regular las normas básicas de convivencia a las que debían someterse los pobladores de un lugar, fijar su vinculación al rey o a sus delegados, establecer las condiciones de disfrute o de usufructo de la tierra, la explotación de los diversos recursos etc.

Dentro de las que denominamos cartas de población o cartas pueblas podemos incluir las donaciones efectuadas por el rey a nobles, obispos, monasterios, órdenes militares y concejos, con finalidad repobladora (son las cartas «ad populandum»); no faltando casos en los que las fortalezas y tierras permanecieron aún en poder de los sarracenos o abiertos sus límites a las filas de los enemigos.

Tras la expedición de la carta de donación «ad populandum» el recipendario asumía la atracción y asentamiento de colonos, asignaba solares para la construcción de viviendas y parcelas de tierras de labor, marcaba las directrices económicas y el estatuto jurídico que regiría en la nueva puebla, fijado por escrito en una carta otorgada con carácter de exclusividad al grupo colonizador. Elemento común de todos estos documentos era, por lo tanto, la fijación de los términos, es decir la determinación geográfica y topográfica de la entidad local a la que se otorgaba la carta.

En un considerable número de cartas de población se contempla el reparto de tierras de cultivo a un grupo comunitario por parte del propietario o señor de la localidad. Se trata de la expedición de lo que se viene denominando por los historiadores «contratos agrarios colectivos» caracterizados por establecer unos estrechos lazos de dependencia del cultivador respecto al dueño de la tierra. Algunas de este tipo de cartas del medio rural presentan una mayor liberalidad, consignando exenciones precisas de los usos y derechos señoriales habituales (mañería, hueste, cabalgada... etc.).

Las cartas de población y los fueros

Las cartas de población constituyen «per se» una auténtica fuente de derecho local, pero el problema se plantea al pretenderlas deslindar con los denominados fueros. En algunos casos no se aprecian más que tenues diferencias de matiz; algunas cartas de población incluso constituyen el encabezamiento del fuero, tal sucede en el de Teruel.

Abundantes cartas, aun las más primarias, contienen unas concisas prescripciones de orden civil e incluso penal y procesal, pero lo más frecuente es que remitan a un determinado fuero, ya sea el de Jaca, Daroca, Teruel o Zaragoza, entre los más significativos. En algunas cartas de población se vierte la totalidad o parte del articulado del fuero correspondiente.

BIBLIOGRAFÍA

.LALINDE, J. (1976): Los fueros de Aragón. Zaragoza.
.LEDESMA, M.ª L. (1987): Las cartas de población medievales como fuentes de investigación». Metodología de la investigación científica sobre fuentes aragonesas. Jaca 1986, pp. 125-165. Zaragoza.
.-- (1988): Cartas de población y fueros turolenses. Zaragoza.
.-- (1990): "Las Cartas de población medievales en el reino de Aragón". Tercera Muestra de Documentación Histórica Aragonesa. Zaragoza.
.-- (1991): Cartas de población del Reino de Aragón en los siglos medievales. Zaragoza.
UBIETO, A. (1981): Historia de Aragón. La formación territorial. Zaragoza.
.-- (1984-1986): Historia de Aragón. Los pueblos y los despoblados, 3 vols. Zaragoza.

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