ÍNDICE POR ÉPOCAS

EDAD MEDIA CRISTIANA

43. HONORES, TENENCIAS Y FORTALEZAS EN LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XI · M. L. Rodrigo Estevan.

Los avances territoriales realizados en el siglo XI alteraron profundamente las estructuras generales de las tierras de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza, integrantes del incipiente Reino de Aragón.

Durante los dos primeros tercios de siglo, período fundamentalmente defensivo ante el Islam, la organización militar se basaba en una línea de castillos y torres fortificadas que se extendían por la frontera meridional del Reino. Las fortalezas que habían servido para ascgurar el dominio musulmán en las montañas y para contener los ataques navarros y aragoneses, fueron reutilizadas por Ramiro I (1035-1063) para crear un sistema defensivo y ofensivo basado en el control de los ríos, pasos naturales hacia las comarcas prepirenaicas y pirenaicas. Así, el río Aragón estaba flanqueado por los castillos de Sangüesa, Ruesta, Larflés, Atarés y Castiello de Jaca; las fortalezas de Petilla, Sos, Uncastillo, Luesia y Biel custodiaban las riberas del Arba; en el Gállego se encontraban las plazas de Senegüé, Ara, Javierrelatre, Cacabiello, Agüero, Murillo y Loarre; las defensas del Cinca estaban situadas en Boltaña, Samitier, Abizanda y Monclús y, las del Esera, en Troncedo y Perarrúa.

Este sistema sería completado por Sancho Ramírez (1063-1094) al lograr apoderarse de las últimas fortalezas que los musulmanes mantenían en las montañas. Levantó, además, castillos y torres en la recién ocupada tierra nueva frente a los principales centros de la Marca Superior (Montearagón frente a Huesca, Pueyo en Barbastro, El Castellar al lado de Zaragoza, Arguedas en Tudela y Almenar frente a Lérida), y fortificó las tierras llanas de las Cinco Villas y el Gállego, logrando que los musulmanes de Ejea, Tauste y Pradilla comprasen la paz mediante el pago de parias.

LACARRA hablaba de dos zonas dentro del sistema defensivo del Reino en el siglo XI. Por un lado, las tierras entre el Aragón y el Gállego, apenas pobladas, que se defendían desde las posiciones avanzadas en las cuencas de los ríos Aragón, Gállego y Ebro. Por otro lado, el espacio que se extiende desde el Gállego hasta el Cinca, mucho más poblado, en el que se sitúan dos ciudades importantes como son Huesca y Barbastro y, además de las defensas establecidas en la línea de frontera, multitud de pequeñas guarniciones. Es en estas tierras donde la mayor parte de las numerosas villas, aldeas y almunias se distribuyeron, ya en propiedad, ya en tenencia, entre los nobles que habían participado con el rey en la reconquista con la intención de que colaborasen también en su defensa y repoblación. Se crean así en esta primera extremadura aragonesa una especie de distritos militares‹tenencias o seniorados‹que constituyen el sistema administrativo-civil más antiguo del Reino de Aragón y que se cree fue introducido por Sancho III de Navarra (1004-1035) como traducción del sistema feudal europeo a sus territorios.

El sistema de tenencias se basaba en la concesión de honores. La honor consistía en un bien entregado por el monarca a sus nobles, proporcional a la ayuda y servicios prestados. Generalmente estaba integrada por un castillo o pequeño núcleo central de población y el territorio que lo rodeaba. Los tenantes o seniores ejercían en estos distritos funciones delegadas del rey ‹militares, administrativas, judiciales, civiles y otras‹. El aliciente que provocaba en los nobles el reparto de las honores fue aprovechado siempre por los monarcas para implicar a aquéllos en la empresa de reconquista y expansión de las fronteras.

Hasta 1076, LACARRA distingue dos tipos de honores; las del interior, en las que ocupa un lugar principal la administración del territorio entregado en tenencia y los beneficios que de ella se derivan; y las honores de frontera en donde el planteamiento militar hace que la base sea el castillo y la defensa de la plaza. A partir de 1076, la actitud ofensiva contra el Islam obligó al monarca y a los nobles a acordar la construcción de torres y castillos de tal forma que mientras la fortaleza era cedida al noble, los beneficios de las tierras y sus pobladores se compartían entre el rey y el tenante a partes iguales.

La importancia social de los tenantes o seniores se fue consolidando a lo largo del siglo XI, a pesar de que la posesión de los castillos y sus términos jurisdiccionales no fue, por lo menos en este siglo, un derecho personal o de propiedad privada. Se trataba de un cargo político-militar de nombramiento real y era desempeñado, con frecuencia, durante breves períodos de tiempo. La transmisión por vía de herencia pudo darse por cierta condescendencia del rey pero nunca como consecuencia de un derecho patrimonial.

Los deberes del tenante para con el monarca que le protege y regala quedan bien definidos en esta centuria: aparte de la fidelidad y el consejo que está obligado a prestarle, debe participar en los llamamientos a hueste y cabalgada y colaborar en la defensa del Reino y de las fortalezas incluidas en su honor. El derecho fundamental de los seniores consistía, como es de suponer, en percibir las rentas de la tierra, los derechos de justicia y otros.

La misión de los tenantes no se limitaba siempre a una zona definida y homogénea: las honores que se entregaban en régimen detenencia podían estar alejadas entre sí y no era demasiado inusual en el último tercio del siglo XI que se concediera a un noble la custodia de un castillo en retaguardia y la de otro en la frontera o que a varios nobles se les asignara para su defensa una misma plaza fuerte fronteriza.

El sistema de honores y tenencias constituyó, pues, una forma eficaz de gobierno, ordenación, aprovechamiento y defensa del territorium regni, que duró lo que la guerra de reconquista, hasta fines del siglo XII, y se propagó por todo el espacio aragonés hasta la extremadura turolense.

BIBLIOGRAFÍA

.BUESA CONDE, D. (1978): El Rey Sancho Ramírez. Zaragoza.
.DURÁN GUDIOL, A. (1985): «De condado a reino». Historia de Aragón, tomo 4. Zaragoza.
.  -- (1978): Ramiro I de Aragón. Zaragoza.
.  GUITART APARICIO, C. (1976): Castillos de Aragón. Zaragoza.
.LACARRA, J. M. (1967): Honores y tenencias en Aragón. Buenos Aires.
.UBIETO ARTETA, A. (1973): Los tenantes en Aragón y Navarra en los siglos Xl y Xll. Valencia.
.  -- (1981): «La formación territorial». Historia de Aragón. Zaragoza.
.  VV. AA. (1988): «Historia I». Enciclopedia Temática de Aragón, vol. 8. Zaragoza.
.  VV. AA. (1988): «La génesis». La Corona de Aragón. Zaragoza.

Ampliar mapa

  2005 Instituto Fernando el Católico