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74. SOBREJUNTERÍAS ARAGONESAS A FINALES DEL SIGLO XIII

Durante los siglos XI y XII, una serie de circunstancias favorables motivaron el renacimiento urbano. Los vecinos de estas ciudades, en defensa de sus intereses comunes se unieron en "asambleas vecinales", dando lugar al "concejo", institución que actuó en la regulación de la vida en común. Los municipios, sobre todo los urbanos, trataron por todos los medios de desligarse de la autoridad territorial ("tenentes", por ejemplo) o central (el rey), buscando la plena autonomía jurisdiccional y político-administrativa. Para ello tuvo que surgir toda una organización municipal, cuyo concejo rige el "juez" desde el siglo XI, aunque lo normal es que el rey acabe por nombrar, de entre los "hombres buenos" del municipio, un "justicia", "alcalde" o "zalmedina" (de todas estas formas puede llamarse), máxima autoridad, con competencias judiciales y administrativas. Desde el siglo XII, los concejos lograron del rey el derecho a elegir libremente a su máxima autoridad y demás cargos municipales: "merino", "almotacén", "notario", "andadores", "corredores", "portazgueros", "porteros", "alguaciles", etc. Pero la organización del municipio a base del "concejo" y de su "asamblea" se hizo inoperante, de modo que, desde el siglo XIII, aparecieron nuevos órganos representativos, surgiendo así el "consejo" y el "cabildo", sustitutos de "concejo" y "asamblea".

Durante la baja Edad Media, los municipios urbanos actuaron como auténticos "señoríos" [v. mapa 75], en los que el señor era el propio municipio.

En ocasiones, varios municipios llegaron a reunirse entre sí para tratar de solucionar problemas comunes; este es el caso de las "comunidades" [v. mapa 72] y de las "juntas". Estas últimas surgieron hacia 1260 para defenderse de los malhechores, salteadores de caminos y criminales. Nacidas en principio de manera espontánea, luego fueron aprovechadas por la Corona, que las encuadró dentro de su sistema de administración territorial del Reino, circunstancia que recoge ya el mapa que comentamos.

Cada "junta" estaba regida por un "sobrejuntero", nombrado por el rey, con residencia en la población más importante de su demarcación, que se llamó "sobrejuntería".

A los iniciales cometidos de las "juntas", encomendados por los municipios asociados, se les fueron sumando otros por delegación expresa del rey. El "sobrejuntero" era responsable en su demarcación de mantener el orden público, perseguir delincuentes, ejecutar sentencias, percibir algunos impuestos, pregonar convocatorias militares, apremiar a los acreedores de la monarquía; vigilar, en fin, que no se dieran a conocer en la "sobrejuntería" sentencias pontificias (en virtud del llamado "derecho de bula") o de otras autoridades en contra del rey y de su voluntad, etc.

El número de "sobrejunterías", aparte las "comunidades", varió entre cinco y seis, como se observa en el mapa, destacando en este caso los límites de la de Zaragoza que, aparte de territorios hoy aragoneses, incluía, a finales del siglo XIII, otros actualmente excluidos, puesto que más tarde pasaron al reino de Valencia. Esta zona, en su día aragonesa, coincide con la que, entre 1289-1290, veía correr la "moneda jaquesa", propia del reino de Aragón [v. mapa 63].